viernes, 11 de septiembre de 2009

Sujetos Pasivos o Contribuyentes

SUJETOS PASIVOS O CONTRIBUYENTES
(Ley Arts. 5 al 12, 77 – Reglamento Arts. 1 al 7)

Quienes son contribuyentes Ordinarios para el Impuesto al Valor Agregado (IVA)?
- Los importadores habituales de bienes o servicios.
- Los industriales.
- Los comerciantes.
- Los prestadores habituales de servicios.
- En general, toda persona natural o jurídica que, como parte de su giro, objeto u ocupación, realice las actividades, negocios jurídicos u operaciones que constituyen hechos imponibles. Es decir, que realizan operaciones con bienes gravados.

Que se entienden por Industriales?
Se entiende por industriales a los fabricantes, los productores, los ensambladores, los embotelladores y los que habitualmente realicen actividades de transformación de bienes.

Quienes son contribuyentes Ocasionales?
Este tipo de contribuyentes son los importadores no habituales de bienes
deberán pagar el IVA en la aduana, sin que se generen créditos fiscales al respecto. En consecuencia, este impuesto deberá considerarse como costo.

Quienes son contribuyentes Formales?
- Los contribuyentes formales del IVA son todos aquellos sujetos que realizan operaciones exclusivamente exentas o exoneradas del IVA. y por lo tanto, no están obligados a facturar este impuesto.
- Esta categoría de contribuyentes comprende a los sujetos exonerados por el Decreto 5770 G.O. 38.839 del 27-12-2007, es decir, aquellos cuyas operaciones no exceden el limite de 3.000 Unidades Tributarias.

Quienes son Contribuyentes Especiales?
Son aquellos que son asignados por Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria, (SENIAT).

Conceptualización de IVA

IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA)
CONCEPTO DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA)

La forma de imposición al consumo más recientemente desarrollada es el impuesto al Valor Agregado. Tal como suele considerarse y aplicarse, constituye una forma de impuesto a las ventas, diferentes de otros, ante todo por la manera de recaudarlo. El término se abrevia usándose en el español las siglas IVA.

El valor agregado se va añadiendo a medida que se avanza por las etapas y fases dentro del circuito de producción y distribución o comercialización de bienes y servicios en la economía; esas etapas son:
- Importador
- Productor
- Mayorista
- Minorista
- Consumidor Final

Las adquisiciones que una empresa suele hacer son: materias primas, bienes semifabricados, productos utilizados en el proceso de fabricación o acondicionamientos, servicios, bienes terminados para la venta y, finalmente maquinaria, equipos y otros bienes. El valor agregado es la diferencia entre los ingresos por las ventas de los productos de la empresa y la suma de los egresos, durante un periodo.

Los impuestos sobre los bienes y servicios naciones son importantes, por cuanto el aporte de éstos ingresos fiscal total es considerable y, además, pueden adaptarse de mondo que fomenten otros objetivos económicos, por lo tanto, hay que comprender cabalmente cómo funcionan, y determinar el papel óptimo de cada uno de ellos


Vigencia de la Ley de IVA:
Con fecha 05 de mayo de 1999, según Gaceta Oficial de la República de Venezuela número 5341 Extraordinario, se crea el Impuesto al Valor Agregado (IVA), Ley que entró en vigencia el 01 de Junio 1999.

Es importante destacarle que con la Ley de IVA se derogó la Ley de Impuesto al Consumo Suntuario y a las Ventas al Mayor, mientras que esta última Ley suplió el Impuesto al Valor Agregado, creado mediante Decreto Ley N. 3.145, publicado en Gaceta Oficial N. 35.304 de fecha 24 de septiembre de 1993.

La reforma de esta Ley fue el 01 de marzo de 2007, en ella se modifican y se incluyen nuevos numerales, además se disminuye la alícuota general del 14% al 11%. Esta alícuota se rige hasta el 30 de de Junio del referido año, puesto que a partir del 01 de Julio del mismo año, paso a 9%, la cual se mantuvo hasta la fecha, año 2008 (G.O. N. 38.625 y38.632, del 13 y 26 de febrero de 2.007).

El ultimo cambio de la alícuota del IVA se publico en Gaceta Oficial número 39.147 de fecha 26 de marzo de 2009.
Ley de Reforma Parcial de La Ley de Presupuesto para el Ejercicio Fiscal 2009.
Art. 30: De conformidad con lo establecido en el artículo 27 de la Ley que establece el Impuesto al Valor Agregado, la alícuota impositiva general a aplicarse en el Ejercicio Fiscal 2009 se fija en doce por ciento (12%)….

Art. 39.Esta ley entrará en vigencia a partir del 01 de abril de 2009.

Ámbito del IVA:
(Referencia Legal: Ley, artículo 1)
Este impuesto es aplicable en todo el territorio nacional, y se grava las ventas e importación de bienes muebles, y la prestación de servicios.
Lo deberán pagar las personas naturales o jurídicas, las comunidades, las sociedades irregulares o de hecho, los consorcios y demás entes jurídicos o económicos, públicos o privados, que realicen las actividades definidas como hecho imponible.

Hechos Imponibles o Generadores del “IVA”
(Referencia Legal: Ley, artículo 3; COT, artículo 36)
El término hecho imponible lo vamos a entender como el acontecimiento que da origen a la obligación de pagar impuesto, en los casos y circunstancias en que se dan los supuestos establecidos en la Ley para tipificar el tributo.
El código Orgánico Tributario (COT) nos presenta una definición más precisa: “El hecho imponible es el presupuesto establecido por la Ley para tipificar el tributo, y cuya realización origina el nacimiento de la obligación.

Continuando con la explicación, este hecho imponible, cuando ocurre, da origen, en nuestro caso, a la obligación de declarar y pagar el IVA.